UNIVERSO de MONTES FM - 91.7
Fundada en Setiembre de 2001 - Radiodifusora comunitaria LEY Nº 18.232

Participación

 

DE LA PARTICIPACION Y SU PROGRAMACION
La programación es regulada por la Comisión Organizadora o colectivo y generalmente debido al cambio de husos horarios se establecen 2 programaciones anuales una para verano y otra para invierno.
A parte de la programación curricular se otorgan espacios a instituciones educativas para que presentes sus propios proyectos dentro de un propio espacio, en varias oportunidades se formaron talleres en nuestro liceo local donde los alumnos presentaban su propios proyecto de programas destacando sus actividades y experimentando la tarea de hacer radio.
Los programas son de propia elaboración por quienes los conducen , por lo que nuestra carta enmarca “Las personas que son responsables de programas lo son de todas las palabras vertidas en sus espacios como de la música que difunden.”
Para su mejor estudio transcribimos los puntos de nuestra carta referente a la programación, plataforma de todo el trabajo que en ella se realiza y de los objetivos y propuestas de programación:
III) De los responsables de los programas, de su otorgamiento y finalización de lo mismos.
42º.           Las personas que son responsables de programas lo son de todas las palabras vertidas en sus espacios como de la música que difunden.
43º.           Toda persona que quiera realizar un programa deberá plantear su voluntad junto a su proyecto de programa a la comisión directiva o colectivo, este será puesto en espera si están todos los horarios o espacios ya cubiertos.
44º.           Los menores que quisieren presentar un proyecto de programa deberán contar con el conocimiento de los padres o tutor.
45º.           El colectivo en reunión analizara el proyecto dentro de las pautas comunitarias de transmisión y los principios de UNIVERSO FM para no ocasionar daños y perjuicios morales a instituciones publicas como privadas y a terceras personas.
46º.           De ser aprobado por el colectivo el proyecto de programa de acuerdo a su contenido se le dará a conocer la presente carta y toda la reglamentación al respecto la cual deberá aceptar para conceder el espacio.
47º.           Se deberá realizar por escrito resolución firmada por ambas partes y con copia para cada una de ellas sobre el nuevo programa donde figurara, su contenido, horario, nombre del programa y la conformidad del solicitante de este documento y toda la reglamentación existente. En caso de tratarse de un menor la firma de los padres o tutor.
48º.           El programa finalizara cuando sea solicitado por el colectivo por razones fundamentadas o también haciendo ejercicio del punto Nº 30 inciso “j” * y/o “k” **.
(A la comisión directiva o colectivo le compete: * Llamar la atención a personas responsables de espacios que según a juicio de la comisión estén faltando a esta o cualquier norma de la radio.-
** De acuerdo al punto anterior tendrá facultad hasta de quitarle el espacio de reincidir en faltas graves a cualquier norma de la radio o que su desenvolvimiento perjudique a la misma.-)
 
49º.           El colectivo o comisión organizadora tiene la potestad de modificar la programación, no habiendo reclamo en al respecto por parte de los programas.
50º.           Los conductores y operadores son responsables del material que les brinda la radio para trabajar, como también lo son del orden en la misma mientras desarrollan sus programas.
51º.           Ningún programa podrá recibir dinero de comercios, empresas o diferentes entidades por nombramientos en sus programas.
52º.           Ante cualquier modificación en los integrantes de un programa o su proyecto de programa etc. debe ser comunicado al colectivo cuanto antes, el cual lo estudiara y aprobara o no los cambios solicitados.

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