UNIVERSO de MONTES FM - 91.7
Fundada en Setiembre de 2001 - Radiodifusora comunitaria LEY Nº 18.232

Carta de Organización

 

Carta de Organización y Principios
Emisora Comunitaria UNIVERSO de MONTES FM
Aprobada por el colectivo o comisión organizadora en Mayo 2007 que deroga el acta Nº 1 de fecha. 28 de marzo de 2003.-
 
 I)    De La Organización General
1º.    Denomínese al grupo de personas que se han unido bajo una mismo objetivo   “UNIVERSO FM ” la cual funciona desde setiembre de 2001, formando para la dirección y administración de esta un colectivo de personas.
2º.    Ella es y será patrimonio de todos los colaboradores instituciones sociales y de la población en general.
3º.    La misma deberá residir en la localidad de Montes departamento de Canelones, luego el colectivo o comisión organizadora establecerá por común acuerdo la dirección especifica dentro de la localidad para el establecimiento de la misma.
4º.    No profesara como propia ningún tipo de religión o proselitismo político como tampoco discriminación étnica ni de genero.
5º.    No será de utilidad para fines propios de una persona o grupo de personas con fines particulares.
6º.    Las decisiones que se tomen en la emisora y todo lo que a ella refiere radican sobre su comisión organizadora o colectivo a la que le compete el derecho exclusivo de establecer las normas al igual que las decisiones a tomar.
7º.    El capital acumulado no es ni puede convertiste en patrimonio de sus miembros.
8º.    Todos los bienes materiales obtenidos en nombre de la emisora en caso de disolución de esta, no serán divididos entre los directivos ni socios colaboradores ni terceros, se buscara la solución para ellos de la manera que la comisión directiva o colectivo establezca teniendo en cuenta que dicha liquidación en su totalidad deberá ser aportada a una o más instituciones sociales de la localidad.
9º.    El colectivo o comisión directiva procurara la integración social por medio de la comunicación siendo esta herramienta de importancia y su actividad central.
10º.         Ningún dinero que haya sido recibido en concepto de socios colaboradores y donaciones será reintegrado a aquellos que decidían retirarse o desvincularse de la actividad, no importando su motivo.
11º.           Ningún miembro del colectivo será remunerado por su trabajo al igual que todas las personas que realicen programas dentro de la emisora, por lo cual este será de carácter honorario, no habrá lugar a reclamo alguno.
12º.           Serán remunerados sí la directiva o colectivo lo considera prestadores de otros servicios.
13º.           Se entiende por prestadores de otros servicios a todas las tareas que están fuera de la realización de programas y al trabajo desempeñado como miembro del colectivo.
14º.           No podrán prestar ningún tipo de servicio remunerado personas pertenecientes al colectivo, evitando así no poder ser contratados por el colectivo personas integrantes de esté, obteniendo en la adjudicación un beneficio.
15º.           Toda persona podrá ser integrante de la emisora sea como directivo, colaborador o participante en la realización de programas, salvo los casos que aquí se establezcan.
16º.           Todo miembro de la radio tiene derecho a intervenir por los medios que se enmarcan de aquí en mas en la dirección política y administrativa.
17º.           Los realizadores de programas y demás integrantes podrán presentar propuestas a la comisión directiva por los mecanismos que aquí se establecen y de participar en tareas de interés general.
 
II)     De La Organización Directiva o colectivo y sus Funciones
 
18º.           La comisión directiva estará integrada por un total de 11 personas.
19º.           Esta deberá reunirse como mínimo una vez al mes para presentar estado de cuenta y cierre de fin de mes.
20º.           Quedando en vigencia este documento, ante la contradicción con otra norma decretada por el colectivo se aplicara el principio de jerarquía teniendo en cuenta como norma básica y superior de la sociedad colectiva este documento.
21º.           Los integrantes de dicha comisión directiva o colectivo tendrán que ser mayores de 18 años y residir en la localidad o en su área suburbana.
22º.           La comisión directiva establecerá el lugar de reunión de la misma en acuerdo de la mayoría de sus integrantes.
23º.           La comisión para poder tomar resoluciones tendrá que estar presentes 6 personas de las 11 integrantes.
24º.           De no llegar a quórum se suspenderá la reunión fijándose una nueva fecha y realizándose llamado al resto de los integrantes.
25º.           Si por segunda vez consecutiva no se llegase nuevamente a quórum se procederá a realizar la reunión con normalidad quedando sin efecto el art. Nº 23. -
26º.           Ninguna decisión podrá afectar los intereses que en esta carta se enmarcan de los de los propios directivos o miembros del colectivo, socios colaboradores ni como tampoco podrá contradecir los principios de la comunicación comunitaria al servicio de la sociedad en general.
27º.           En todas las reuniones se debe dejar constancia de los presentes, ausentes, resoluciones etc. teniendo así carácter de valor.-
28º.           Se aplicara el principio de mayoría, por lo cual se hará la voluntad de la mayoría, respetando a la minoría en su participación.
29º.           Todo reclamo, comunicado o petición ante las autoridades publicas, organizaciones etc. debe contar con el siguiente texto “FIRMAN N.N EN REPRESENTACIÓN DEL COLECTIVO DE UNIVERSO FM”.-
30º.           A la COMISIÓN DIRECTIVA O COLECTIVO le compete:             
a)   Elegir delegados ante eventos o instituciones que soliciten asistencia.
b)   Suplir las funciones de uno o más de los lugares vacantes temporalmente en la directiva.
c)      Elegir actividades en las que la radio desea participar.
d)      Procurar la integración de una o más personas en la directiva ante una ausencia definitiva por los medios que aquí se establecen.
e)      Elegir los distintivos del la radio, bandera, logo etc.
f)        Establecer el lugar donde deben residir los estudios, torre de transmisión y todos los bienes materiales de la radio.
g)      Llamar a aspirantes a integrar programas.
h)      Proclamar a los nuevos integrantes del colectivo.
i)        Conceder espacios por los mecanismos que más adelante se expresan a personas para la realización de programas.-
j)        Llamar la atención a personas responsables de espacios que según a juicio de la comisión estén faltando a esta o cualquier norma de la radio.-
k)      De acuerdo al punto anterior tendrá facultad hasta de quitarle el espacio de reincidir en faltas graves a cualquier norma de la radio o que su desenvolvimiento perjudique a la misma.-
l)        Velar por los bienes e intereses de la radio y por el cumplimiento de este documento al igual que todas las decisiones tomadas en nombre de “colectivo de UNIVERSO FM”
m)    Representar al colectivo en las relaciones que este guarde con otras organizaciones y/o otras entidades.
n)      Hacer que se publique y circule, sin demora, todas las resoluciones que cuenten con la aprobación de la comisión directiva o colectivo.
o)      Todo lo que se relacione a su administración social, política y económica que aquí no se exprese.
 
31º.           La comisión directiva o colectivo podrá crear subcomisiones que atenderán puntos específicos como programación, soporte técnico etc.
32º.           CADA MIEMBRO DEL COLECTIVO LE COMPETE PARTICULARMENTE:
a)   Citar a reunión a la directiva en carácter de urgencia, bajo argumentos justificables.
b)      Llamar a reunión periódicamente para que se presente el estado de cuenta.
c)      Procurar la integración del colectivo.
d)      Velar por el cumplimiento de la presente carta.
33º.           No se podrán crear rangos de autoridad dentro de la comisión o colectivo.
34º.           Se distribuirán las siguientes tareas de tesorero y secretario elegidos por común acuerdo en reunión, estos podrán elegir un colaborador cada uno que sea miembro del colectivo que actuara en la ayuda para desempeñar funciones.
35º.           Al SECRETARIO le compete:
a)      Realizar funciones respecto a documentación del colectivo, reglamentación etc.
b)      Llevar constancia o acta de reuniones de la directiva o otros hechos propios de la emisora.
c)      Realizar documentos de otorgamiento de programas y finalización de estos, sea cual sea el motivo con previa manifestación del colectivo.
 
36º.           Al TESORERO le compete:
a)      Portar responsablemente los fondos del colectivo en la modalidad que ellos se encuentren.
b)      Llevar el estado de cuenta al día de los ingresos y egresos, guardar comprobantes comerciales de estos (boletas, facturas, recibos, cheques etc.).
c)      Informar a la directiva o a cualquiera de las partes cuantas veces se le pida el estado de cuenta del colectivo.
d)      Recibir colaboraciones detallando específicamente las mismas.
e)      Declarar la voluntad de ausencia temporal ante la directiva en reunión y para ello deberá dejar constancia de los fondos etc. entregándoselos a quien supla la vacancia según acuerdo del colectivo.
37º.           En cada reunión del colectivo o comisión organizadora previamente al comienzo se deberá elegir un moderador de la palabra.-
38º.           Ante la reducción de los integrantes del colectivo o directiva por renuncia de estos esta hará un llamado teniendo prioridad para ello: a) personas que integren la radio                            como responsables de programas.
b) la antigüedad realizando los mismos en la emisora.
39º.           De persistir los lugares vacantes en el colectivo tras aplicar el numeral Nº38, se realizara un segundo llamado siendo este abierto a toda la población.
40º.           El llamado abierto consistirá en que el aspirante presente sus intenciones al colectivo y conociendo de hecho las normas del mismo dentro de ellas este documento.
41º.           De presentarse más de un aspirante que cumpla los requisitos o persistir igualdad de condiciones se someterá a voto en reunión por la comisión directiva o colectivo, determinando quien ocupara el lugar vacante.
III) De los responsables de los programas, de su otorgamiento y finalización de lo mismos.
42º.           Las personas que son responsables de programas lo son de todas las palabras vertidas en sus espacios como de la música que difunden.
43º.           Toda persona que quiera realizar un programa deberá plantear su voluntad junto a su proyecto de programa a la comisión directiva o colectivo, este será puesto en espera si están todos los horarios o espacios ya cubiertos.
44º.           Los menores que quisieren presentar un proyecto de programa deberán contar con el conocimiento de los padres o tutor.
45º.           El colectivo en reunión analizara el proyecto dentro de las pautas comunitarias de transmisión y los principios de UNIVERSO FM para no ocasionar daños y perjuicios morales a instituciones publicas como privadas y a terceras personas.
46º.           De ser aprobado por el colectivo el proyecto de programa de acuerdo a su contenido se le dará a conocer la presente carta y toda la reglamentación al respecto la cual deberá aceptar para conceder el espacio.
47º.           Se deberá realizar por escrito resolución firmada por ambas partes y con copia para cada una de ellas sobre el nuevo programa donde figurara, su contenido, horario, nombre del programa y la conformidad del solicitante de este documento y toda la reglamentación existente. En caso de tratarse de un menor la firma de los padres o tutor.
48º.           El programa finalizara cuando sea solicitado por el colectivo por razones fundamentadas o también haciendo ejercicio del punto Nº 30 inciso “j” y/o “k”.
49º.           El colectivo o comisión organizadora tiene la potestad de modificar la programación, no habiendo reclamo en al respecto por parte de los programas.
50º.           Los conductores y operadores son responsables del material que les brinda la radio para trabajar, como también lo son del orden en la misma mientras desarrollan sus programas.
51º.           Ningún programa podrá recibir dinero de comercios, empresas o diferentes entidades por nombramientos en sus programas.
52º.           Ante cualquier modificación en los integrantes de un programa o su contenido etc. debe ser comunicada al colectivo cuanto antes, el cual lo estudiara y aprobara o no los cambios solicitados.
IV) DE LAS FINANZAS DEL COLECTIVO y DE SUS COLABORADORES:
53º.           Los comercios, empresas o otras entidades que quisieran colaborar económicamente con la emisora lo pueden hacer manifestando su voluntad a cualquier miembro del colectivo o organizador de programas.
54º.           Este deberá comunicarlo al resto de los integrantes, donde luego se enviara al recaudador de dichas colaboraciones
55º.           La colaboración económica comercial será recaudada por una sola persona
56º.           Este recaudador puede ser ajeno al colectivo o miembro de él.
57º.           Esta persona será nombrada por el colectivo instrumentando como será su remuneración por tal tarea en caso que sea ajena al colectivo.
58º.           Dicho recaudador deberá entregar en tiempo y forma al tesorero, la suma del dinero junto a los recibos firmados por los colaboradores y la planilla de los mismos.
59º.           El colectivo tendrá la facultad de decidir donde residirán los fondos de la radio.
60º.           El colectivo no podrá vender o alquilar espacios, como tampoco los responsables de programas podrán cobrar por la participación de terceros en sus espacios.
V) DISPOSICIONES GENERALES
61º.           Para la reforma total o parcial de este documento se necesita el voto en reunión de 9 en 11 miembros presentes del colectivo.-
62º.           El colectivo podrá decidir a que organizaciones ser miembro la radio mientras que estas organizaciones no contradigan nuestros propios principios y sirvan para desarrollo de la emisora.
63º.           El colectivo procurara por el desarrollo de la radio como herramienta de comunicación de la población, como también procurara cumplir todas las disposiciones y requisitos ante la regularización de las radios comunitarias-
                                            
64º.       Proyecto presentado en reunión del colectivo o comisión organizadora a los 6 días del mes de junio de 2007.-
 
65º.       Los abajo Firmantes manifiestan  conformidad siendo de su  total conocimiento, entregándose para cada uno de ello copia del mismo tenor:
 
 

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